

El Gobierno de México anunció que cumplió la sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) que anuló la inhabilitación del Issste a la empresa contratista Bioblast de equipos médicos, al mismo tiempo que impuso una nueva.
La empresa Bioabast, S.A. de C.V. volvió a ser inhabilitada para contratar con el Gobierno Federal, luego de que el ISSSTE emitiera una nueva resolución dentro del expediente SAN-019/2021.
La medida ocurre después de que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) anuló la sanción original impuesta en 2022 y ordenó a la autoridad emitir un nuevo fallo conforme a los lineamientos judiciales.
La nueva circular, publicada por el Órgano Interno de Control del ISSSTE, establece que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como las entidades federativas que ejerzan recursos federales, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contratos con Bioabast durante un periodo de 28 meses.
La sanción también incluye una multa económica, cuyo pago será requisito para que la empresa pueda ser eliminada del registro de proveedores sancionados una vez concluido el plazo de inhabilitación.
La sanción original anulada
El caso tiene origen en una resolución emitida el 22 de febrero de 2022, mediante la cual Bioabast fue sancionada con una inhabilitación de 45 meses y una multa de 1.9 millones de pesos.
La empresa impugnó esa determinación ante el TFJA a través del juicio de nulidad 7987/22-17-03-3.
El 11 de noviembre de 2024, la Tercera Sala Regional Metropolitana del Tribunal resolvió declarar la nulidad de aquella resolución, al considerar que existían elementos suficientes para invalidarla parcialmente. En cumplimiento de la sentencia, el ISSSTE dejó sin efectos la sanción original mediante un acuerdo emitido el 14 de mayo de 2026.
Nueva inhabilitación
Aunque la sentencia eliminó la sanción de 2022, el Tribunal no ordenó absolver a la empresa. En cambio, instruyó a la autoridad a emitir una nueva resolución ajustada a los criterios establecidos en el fallo judicial.
Como resultado, el ISSSTE volvió a resolver el expediente SAN-019/2021 y determinó imponer una nueva sanción a Bioabast. Esta vez, la inhabilitación quedó reducida de 45 a 28 meses, manteniéndose además una multa económica.
La circular precisa que la prohibición aplica únicamente para nuevos procedimientos de contratación y no afecta los contratos que la empresa tenga actualmente vigentes con dependencias o entidades públicas.
¿Qué cambia para Bioabast?
La anulación de la resolución de 2022 representó una victoria parcial para la empresa, ya que eliminó una sanción que había permanecido vigente durante varios años. Sin embargo, la nueva resolución demuestra que el procedimiento administrativo continuó y concluyó nuevamente con una sanción.
En términos prácticos, Bioabast logró invalidar la inhabilitación original de 45 meses, pero no evitar una nueva determinación en su contra.
La diferencia principal es que la nueva resolución reduce la duración de la inhabilitación a 28 meses y se encuentra sustentada en un procedimiento corregido conforme a lo ordenado por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa









