Promulga Sheinbaum reforma al Amparo; impide bloqueo al Gobierno

Decretó Claudia Sheinbaum Pardo la promulgación de la reforma a la Ley de Amparo que elimina las suspensiones generales de los jueces y con ello su capacidad de bloquear al Gobierno Federal.

Por: Tiempo

El decreto lo publicó el Diario Oficial de la Federación (DOF) este 13 de marzo, por lo que entrará en vigor mañana, 14 de marzo.

¿De qué trata la reforma?

Modificaron y derogaron  múltiples artículos de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución.

En resumen, lo más fundamental es que se acabaron las suspensiones generales en los juicios de amparo.

Cuando un juez dictaba suspensión general, podía bloquear acciones completas del Gobierno Federal más allá de sólo amparar a la persona o grupo que interpuso la demanda.

Durante el sexenio anterior, el entonces presidente López Obrador y la Suprema Corte se enfrentaron muchas veces por obras, programas y acciones del Gobierno Federal que fueron suspendidas por órdenes de jueces de amparo.

Modifica también los procedimientos para hacer los amparos, actualmente hay juristas que han dicho que están analizando a detalles los cambios para conocer los alcanzar.

Candado por el Marrazo Judicial.

En el segundo transitorio, la reforma contempla el Marrazo Judicial, es decir, la elección del Poder Judicial.

Señala ese artículo transitorio en él que los actuales ministros de la Suprema Corte aún necesitan mayoría de ocho votos para sentencias con precedentes obligatorios generales.

A partir del 1 de septiembre tomarán protesta a los nuevos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los primeros elegidos por voto popular.

Actualmente hay once ministros y con la elección judicial pasarán a ser solo nueve, entonces se modificará a seis la cantidad de votos para sentencias con precedentes obligatorios.

Consecuencias.

Los partidarios de la reforma, incluidos el Gobierno y las mayorías legislativa que la promovieron y aprobaron, resaltan que ahora no podrá la simple orden de un juez paralizar las obras del Gobierno Federal.

Esto limita el exceso de facultades del Poder Judicial, al considerar que desde un juez hasta los ministros podían enmendar la plana y bloquear o anular reformas aprobadas debidamente por el Poder Legislativo y promulgadas por el Ejecutivo.

Parte de la reforma a la ley lo fueron también las modificaciones a la Constitución en materia de Supremacía Constitucional y de Amparo para esos propósitos.

Los detractores de la reforma, tanto políticos de la oposición como juristas, denuncian que las modificaciones a la ley y las anteriores a la Constitución son para proteger al “poder”, tanto al Gobierno Federal como a las mayorías de Morena y aliados en el Congreso de la Unión.

También sería una reforma que restringe el acceso a la justicia de las personas más pobres que no tienen dinero para defenderse con buenos abogados y antes eran protegidos por las suspensiones generales que lograban otros juicios de amparo.

Advierten además la aprobación de más leyes inconstitucionales que no podrán ser frenadas por el amparo.

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