Este miércoles entra en vigor el decreto que amplía el catálogo de delitos graves en la Constitución que ameritan prisión preventiva oficiosa
La Oficina del Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) en México externó su preocupación por el decreto constitucional que amplía el catálogo de delitos graves que ameritan prisión preventiva oficiosa, es decir, un encarcelamiento sin investigación previa ni una sentencia.
A través de su cuenta de X, la ONU-DH puntualizó que la prisión preventiva oficiosa es una figura jurídica que contraviene los derechos humanos, puesto que según mecanismos internacionales no es más que una detención arbitraria.
“Lejos de expandirse y endurecerse, debería eliminarse”, pidió la ONU-DH.
Ayer, en una edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Gobernación publicó el decreto que modifica el artículo 19 constitucional, para ampliar el catálogo de delitos graves que pueden procesarse con prisión preventiva oficiosa.
Con su publicación en el DOF, la nueva norma constitucional entra en vigor a partir de este miércoles 1 de enero de 2025.
En el catálogo de delitos graves se incluyeron la extorsión, las actividades ilícitas relacionadas con el fentanilo y drogas sintéticas, así como el contrabando y actividades relacionadas con falsos comprobantes fiscales, como defraudación fiscal.
De acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado la figura de la prisión preventiva oficiosa atenta contra la presunción de inocencia, el debido proceso, el derecho a la integridad personal, la independencia judicial, la persecución eficaz de los delitos, el derecho a la libertad personal, la igualdad ante la ley, el deber de fundar y motivar la medida privativa de la libertad, el derecho a la revisión judicial y el enfoque de derechos humanos en la seguridad pública.
El pasado 9 de diciembre, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Volker Türk, expresó desde Ginebra, Suiza, su preocupación por la aprobación de la reforma que amplía la prisión preventiva oficiosa.
“La prisión preventiva no debe ser una práctica general, sino una medida basada en una decisión individualizada por parte de una autoridad judicial de que las circunstancias de cada caso justifican dicha detención”, consideró Türk.
El alto comisionado precisó que ante los desafíos que enfrenta México en materia de seguridad y acceso a la justicia, en lugar de ampliar el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa “es importante enfocarse en fortalecer la capacidad de las fiscalías para reunir evidencia y demostrar la necesidad y proporcionalidad de la prisión preventiva ante una autoridad judicial caso por caso, considerando alternativas a la privación de la libertad”.